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La reforma pensional sancionada por el presidente Gustavo Petro en julio de 2024 ha sido presentada como un avance hacia la equidad social. Sin embargo, su implementación ha generado una ola de incertidumbre entre trabajadores, economistas y juristas. ¿Qué implica realmente esta transformación del sistema pensional colombiano?
⚙️ ¿Qué propone la reforma?
La Ley 2381 de 2024 establece un Sistema de Protección Social Integral que incluye:
- Un subsidio mensual de $230.000 para adultos mayores sin pensión.
- Un modelo de pilares: contributivo, semicontributivo, solidario y voluntario.
- Reducción de semanas cotizadas para mujeres (hasta 850 semanas con hijos)
- Pensiones anticipadas con penalización del 3% anual.
- Cotización obligatoria en Colpensiones hasta 2,3 salarios mínimos.
📉 Riesgos económicos y estructurales
🔥 Déficit fiscal
El Ministerio de Hacienda estima que el pasivo pensional aumentará de $1.350 billones a $2.029 billones, equivalente al 126% del PIB B.
🧒 Impacto generacional
Según el exsenador Jorge Robledo, los jóvenes que hoy cotizan podrían recibir pensiones hasta $1.322.000 más bajas si ganan más de seis salarios mínimos A.
🏦 Presión sobre Colpensiones
La reforma podría provocar una estampida de afiliados desde fondos privados hacia Colpensiones, generando sobrecarga operativa E.
⚖️ Tensiones jurídicas y políticas
La Corte Constitucional suspendió temporalmente la entrada en vigor de la reforma por presuntos vicios de trámite F. El texto fue devuelto al Congreso para correcciones, mientras se acumulan más de 50 demandas contra su legalidad E.
🧠 ¿Equidad o populismo?
Aunque la reforma busca ampliar la cobertura, expertos como Marc Hofstetter advierten que el sistema es insostenible y podría requerir otra reforma en menos de 12 años C. El enfoque de género y los beneficios para poblaciones vulnerables son avances, pero el costo fiscal y la falta de preparación institucional generan dudas profundas.
“La pensión no es un regalo: es un derecho que exige responsabilidad técnica y justicia intergeneracional.”
— Criterio Público
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